TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Definamos el término transporte con la ayuda de varios autores:
Se define el transporte de mercancías como toda actividad encaminada a trasladar productos desde un punto de origen hasta un punto de destino. (Anaya, El transporte de mercancías).
El transporte se refiere al movimiento de un producto de un lugar a otro en su recorrido desde el principio de la cadena de suministro hasta el cliente. (CHOPRA, Administración de la cadena de suministro)
Se denomina transporte a un sistema formado por múltiples elementos, siendo tres los fundamentales, la infraestructura, el vehículo y la empresa de servicio que viene a constituir la actividad previamente dicha. Estos elementos están interrelacionados entre si, pues ninguno es útil sin que los otros existiesen. (CENDRERO, el transporte: aspectos y su tipología).
De acuerdo a lo anterior puede decirse que el transporte en logística es toda actividad en la que se movilizan materias primas, productos en proceso y productos terminados desde su lugar de origen hasta el sitio donde son requeridos, con los condicionamiento de seguridad, rapidez y costo.
LEGISLACIÓN
Las Sociedades Mercantiles están amparadas en una serie de articulados del Código de Comercio y del Codito Civil.En el Código de Comercio en el Articulo 200 dice:
"Las Compañías o sociedades anónimas son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de comercio.
Sin prejuicios de los dispuesto por leyes especiales, las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada tendrán carácter mercantil, cualquiera que sea su objeto, salvo cuando se dediquen exclusivamente a la explotación agrícola o pecuaria.
Las sociedades mercantiles se rigen por los convenios de las partes, por disposiciones de este Código y por las del Código Civil."
El contrato de Sociedad Civil o Mercantil implica una relación contractual entre dos o más personas que se caracteriza por cinco elementos esenciales que lo diferencian de los otros contratos.
Los elementos generales de fondo deben estar presentes en la celebración del contrato de propiedad.
a. Capacidad para contratar: es decir que los socios sean mayores de edad, menores emancipados y que no estén incluso en alguna situación de intervención penal.
b. Consentimiento de manifestación espontánea de voluntad que esas personas que permitan en la sociedad.
c. Objetivo licito.
Los elementos especiales de fondo
A. Es la reunión de dos o más personas.
B. El establecimiento de aportes en dinero o en especie (a titulo dominio "ejemplo: un Carro", a titulo de goce "Ejemplo: un local o inmueble".), En industria – excepción S.R.L. Ejemplo: Marcas y patentes.
C. Fin económico común.
Los elementos formales:
1. Otorgamiento de documento: puede haber un documento público o privado donde conste la celebración de ese contrato.
2. Inscripción en el Registro Mercantil.
3. Publicidad.
D. Afecto societatis, que entre los socios exista una verdadera intención de estar reunidos en sociedad.
d. Causa licita
La sociedad anónima.
La sociedad anónima es aquella en la cual las obligaciones están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción. La responsabilidad de los socios, que es una responsabilidad por el aporte, no existe frente a los terceros, sino respecto a la Sociedad. En relación a los terceros el único responsable de las obligaciones sociales es la sociedad.
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